Voluntades anticipadas
  24/10/2017

Voluntades anticipadas


Dentro de las mil y una categorías en las cuales podemos clasificar a las personas atrevidas-miedosas, activas-pasivas, ordenadas-desordenadas, etc. Podemos encontrar a las previsoras y las que dejan todo para el último momento. Es probable que una persona organizada y previsora se quiera avanzar a situaciones y quiera tener el día de mañana planificado y previsto. En este caso, posiblemente habrán escuchado hablar o incluso redactado el documento de las voluntades anticipadas (DVA)

El DVA lo puede redactar libremente cualquier persona que sea mayor de edad y que tenga plenas facultades para decidir sobre su salud. Manifestará las instrucciones u orientaciones que encuentre oportunas sobre el tratamiento que le puedan administrar, o no, en caso de que llegue una situación donde no pueda expresar su voluntad. El DVA servirá para que el profesional de la salud tenga presente los deseos y valores del paciente en el momento que este no pueda manifestarlo por sí mismo.

La redacción se puede hacer utilizando diferentes modelos que ya existen o de forma libre, pero lo más importante es hacerlo ante notario o en el centro de salud (CAP) con testigos y registrarlo en el Departamento de Salud de la Generalitat de Catalunya. De este modo, los médicos tendrán acceso independientemente del territorio donde atiendan al paciente.

Sea como fuere el lector, este tema no tiene que dejar indiferente a nadie, puesto que es un seguro para el día de mañana y un derecho de autonomía, expresión y de la asistencia que se quiere recibir.

Si este contenido te ha parecido interesante y quieres saber más, no dudes en ponerte en contacto con nuestros centros y participar de los grupos de terapia familiar donde trataremos con más profundidad el Documento de Voluntades Anticipadas y otras temáticas de inmensa importancia. 


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